Se habla mucho de ellas, pero aún hay quién no sabe en qué consisten estas cláusulas abusivas, cómo le afectan y cómo acabar con ella: en OCU dejamos las cosas claras y te ayudamos a Combatir las cláusulas suelo, acudiendo a tribunales. #Movilízate con nosotros.
¿QUÉ ES LA CLÁUSULA SUELO?
Las cláusulas de limitación del tipo de interés, conocidas como cláusulas suelo, son cláusulas que algunas entidades financieras incorporan en sus contratos de préstamos hipotecarios a tipo de interés variable, estableciendo un interés mínimo a pagar aunque el suma del índice de referencia más el diferencial esté por debajo.
Los bajos niveles del Euribor en estos últimos años han opuesto de manifiesto el grave perjuicio que supone para los consumidores el tener una cláusula suelo en sus contratos, pues no pueden aprovechar las reducciones de cuota a las que tendrían derecho por la fluctuación de los tipos de interés, y a la larga pagan más por su préstamo.
¿Y SI YO YA NO TENGO HIPOTECA?
Aunque la mayoría de préstamos con suelo siguen aún vigentes, algunos ya han terminado de pagar el préstamo o han ido realizando amortizaciones anticipadas. Haber terminado de pagar el préstamo no significa renunciar a reclamar las cantidades pagadas de más.
Los tribunales están dando la razón a los consumidores que están reclamando que les devuelvan lo pagado de más por préstamos ya finalizados. ¿Es tu caso? No renuncies a lo que es tuyo: te ayudamos a reclamar aunque ya hayas terminado de pagar la hipoteca.
CLÁUSULAS SUELO:
SE PRIORIZAN LOS MOTIVOS ECONÓMICOS SOBRE EL DERECHO DE LOS CONSUMIDORES.
El Tribunal Supremo, en su sentencia de 9 de mayo de 2013, estableció que las cláusulas suelo, si no eran transparentes, eran nulas. Pero en esa misma sentencia, para evitar que los bancos tengan que devolver el dinero a los consumidores, decidió no aplicar el principio de retroactividad a las cláusulas suelo. En su momento dijo textualmente que “es notorio que la retroactividad de la sentencia generaría el riesgo de trastornos graves con trascendencia al orden público económico”. De esa forma, el Supremo anteponía los intereses económicos de las entidades al de los consumidores afectados, que tienen derecho a que les dejen de aplicar la cláusula suelo inmediatamente y recuperar el dinero cobrado de más… pero solo desde esa sentencia.
Ahora, el informe del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se alinea con la tesis del Tribunal Supremo, negando el derecho a recuperar todo su dinero a los consumidores perjudicados por la cláusula suelo.
NO ES VINCULANTE.
Las conclusiones del Abogado General no vinculan al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que es quien en última instancia debe decidir sobre este asunto.
Desde OCU esperamos que los jueces que forman el tribunal, que comienzan ahora sus deliberaciones, dejen de lado los argumentos políticos y se limiten a aplicar la ley, una ley que establece claramente que la nulidad de una cláusula implica dejar sin efectos la misma como si nunca hubiera existido… lo que supone restituir las prestaciones al momento inicial.
COMBATE CON OCU LAS CLÁUSULAS SUELO.
Aun en el peor de los casos, si el TJUE conforma este criterio, la cláusula suelo seguirá siendo abusiva y los consumidores siguen teniendo derecho a la devolución de las cantidades pagadas de más a partir del 9 de mayo de 2013.
¿Es tu caso? ¿Eres un afectado por las cláusulas suelo?
Te ayudamos a recuperar tu dinero: infórmate sobre los pasos a seguir para reclamar lo que te deben.